“Por eso la Andi de Bruce Mac Master, dominada por el sindicato, se lanzó para destruir el gobierno, por literal odio étnico, y a defender el esclavismo y atacar la dignidad de los trabajadores (SIC)”. Esta fue la polémica frase del trino del presidente Gustavo Petro, publicado el 19 de marzo de este año, que deberá ser eliminado por orden del Consejo de Estado en las próximas horas.La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) presentó una tutela —que acaba de resolverse en segunda instancia— alegando la vulneración de su derecho al buen nombre por los señalamientos del jefe de Estado.Consejo de Estado. Foto:Jesús BlanquicetEl 11 de julio pasado, la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado declaró improcedente esta acción judicial porque consideró que la afirmación no aludió de forma directa al gremio. Así mismo, concluyó que las expresiones “odio étnico y “defender el esclavismo no se emitieron como imputaciones certeras y unívocas, sino que operaban como lenguaje figurado, hiperbólico o grandilocuente, propio del discurso político”.Los demandantes impugnaron esta decisión y la Subsección B de esta Sección Tercera resolvió revocar el sentido del primer fallo y ordenar la eliminación del polémico trino. Estas fueron sus tres principales razones:1. El derecho a la libre expresión de los funcionarios públicos es más limitadoPara el tribunal, si bien los servidores públicos conservan su derecho fundamental a la libre expresión, su ejercicio está sujeto a mayores responsabilidades y limitaciones en comparación con los ciudadanos de a pie. “Sus actuaciones como representantes del Estado deben ajustarse a los principios de imparcialidad, neutralidad y responsabilidad que exige su cargo. Lo anterior, a su vez, se justifica por su investidura, dado que sus expresiones pueden tener un impacto significativo en la percepción pública y en los derechos de terceros”. Decisión del Consejo de Estado Foto:Archivo2. Las diferencias entre opiniones e informaciónUna de las consideraciones de la Subsección A para negar la tutela fue que el Presidente utilizó un lenguaje “grandilocuente” propio del discurso político, que se vale de figuras, metáforas e hipérboles para comunicar.Sin embargo, la Subsección B enfatizó la importancia de diferenciar entre opiniones e información.“Las opiniones personales del presidente, entendidas como aquellas emitidas en su calidad de ciudadano, gozan de un margen más amplio de protección bajo la égida del derecho a la libertad de expresión. Pero las declaraciones oficiales, realizadas en su condición de jefe de Estado, están sujetas a mayores exigencias de neutralidad, veracidad y respaldo probatorio, debido a la posición institucional con que se emiten”, dijo el Consejo de Estado.3. Las redes sociales no son total mete autónomas cuando se trata de funcionarios públicosFinalmente, el fallo de tutela argumentó que la libertad de las redes sociales también se restringe cuando son usadas por funcionarios públicos para interactuar sobre temas de país. “Este tipo de discurso está sujeto a un escrutinio más estricto, ya que implica una postura oficial del Estado que, en todo caso, debe respetar los principios de imparcialidad, neutralidad y respaldo fáctico”, se lee en el documento.Y agrega: “En esta ocasión, se está catalogando a una asociación de empresarios y, de contera, a quienes la integran, como auspiciadores de conductas a todas luces proscritas por el ordenamiento jurídico, como el odio étnico, la esclavitud y supuestas conspiraciones para destruir la institucionalidad del Estado. Tales acusaciones, si no cuentan con un respaldo probatorio que permita verificar su veracidad, constituyen una afrenta al buen nombre del sujeto pasivo, que no está en la obligación de soportarlas.Estados Unidos pide a Colombia reducir cultivos de coca Foto:¿Qué pasa si no elimina el trino?En caso de que el expresidente se niegue a eliminar el trino en el plazo previsto, se expondría a un incidente de desacato. “La regulación legal del desacato en la acción de tutela se encuentra principalmente en el Decreto 2591 de 1991. Un incidente de desacato es un instrumento procesal para lograr el cumplimiento efectivo de una orden de tutela incumplida”, le dijo a este diario el exconsejero Ramiro Pazos.Existe un antecedente de este año en la Sección Quinta del Consejo de Estado, en el que se abrió un incidente de desacato (una figura que casi nunca se aplica, pues antes de llegar a ella se exige requerir el cumplimiento de la tutela) contra el presidente de la República. En ese caso no se impuso sanción —que puede ser una multa— porque finalmente acató la orden.Los jueces, sin embargo, tratan de evitar acudir a este recurso, que es una medida drástica a la cual casi ningún funcionario público suele llegar.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

Las 3 razones del Consejo de Estado para ordenarle al presidente Gustavo Petro eliminar polémico trino contra la Andi
Shares: