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El allanamiento realizado por agentes del CTI a una vivienda del ministro del Interior, Armando Benedetti, en la mañana de este martes, en cumplimiento de una orden emitida por la Corte Suprema de Justicia, reavivó el debate sobre los procesos judiciales que enfrenta el alto funcionario del Gobierno.Durante la diligencia, que tuvo lugar en Puerto Colombia, Atlántico, el ministro lanzó improperios contra la magistrada de la Sala de Instrucción, Cristina Lombana, ponente de varios casos en su contra.El funcionario calificó de “demente, loca y delincuente” a la magistrada tras señalar que no tendría competencia para investigarlo, argumentando que perdió el fuero especial desde que dejó de ser congresista. No obstante, ese conflicto ya fue dirimido y unos casos se quedaron en el alto tribunal, y otros están en la Fiscalía. Armando Benedetti. Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO“La Corte Suprema solo investiga a los congresistas, hace más de tres años que no lo soy, luego no podría investigarme por hechos del 2023, 2024 y 2025”, afirmó el ministro en su declaración pública que emitió en su cuenta en la red social X.Diversos juristas consultados por EL TIEMPO advirtieron que los señalamientos de Benedetti podrían derivar en sanciones de tipo disciplinario, aunque otros ven una vía penal por los delitos de injuria o calumnia. El penalista Francisco Bernate sostuvo que “la Procuraduría debe intervenir, porque se trata de un acto de irrespeto a un servidor judicial”, y explicó que la competencia del órgano disciplinario incluye evaluar comportamientos de altos funcionarios que afecten la majestad de la justicia o desconozcan la investidura de otros funcionarios públicos.Corte Suprema de Justicia. Foto:EL TIEMPOPor ahora se desconoce si la Procuraduría General de la Nación, al mando de Gregorio Eljach, va a tomar acciones disciplinaria contra Armando Benedetti abriéndole una investigación. Uno de los más recientes ejemplos de cuando lo hizo ocurrió con Eduardo Montealegre, a quien siendo ministro de Justicia hace unos meses le abrieron una indagación porque llamó al expresidente Álvaro Uribe “criminal de guerra”.¿Un proceso penal?Contrario a Francisco Bernate, el jurista Rodrigo Parada consideró que no habría repercusiones a nivel disciplinario, toda vez que a su juicio “Benedetti pretende generar una situación de enemistad grave en contra de Cristina Lombana para que ella se declare impedida y no lo siga investigando. Es lo que creo que está pretendiendo con esas manifestaciones, siento que las hace como un ciudadano que está siendo procesado, no lo veo que lo haga en su condición de ministro, no está relacionado con el rol, incluso la investigación no tiene relación con eso. En ese sentido creería que no habría cómo considerar que disciplinariamente haya algo”.Ahora, el jurista manifestó que penalmente sí ve un delito: “efectivamente sí hay una injuria o calumnia”. Así también lo ve el penalista Nicolás Niño, quien detalló que el Ministro utilizó “públicamente calificativos deshonrosos y delictivos hacia la magistrada Lombana. Incluso, aunque es una posición mucho más discutible, esta conducta podría llegar a ser constitutiva del delito de hostigamiento, pues dicho discurso tendría la capacidad de incitar al odio y causar un daño moral a la misma, no obstante, debería corroborarse algún factor de discriminación para su efectiva configuración”.Magistrada Cristina Lombana Foto:Corte SupremaEl abogado penalista Julián Quintana coincide con Parada y Niño en que las expresiones utilizadas por el ministro podrían enmarcarse en delitos de injuria y calumnia agravadas, “al tratarse de ofensas que atribuyen falsamente conductas delictivas a una servidora judicial”.Desde la perspectiva penal, Quintana precisó que el hecho de que las declaraciones se dirigieran contra una magistrada de la Corte Suprema agrava la eventual responsabilidad. Recordó que el Código Penal contempla sanciones mayores cuando las expresiones injuriosas se profieren contra jueces o funcionarios que ejercen funciones jurisdiccionales y agregó que la violencia contra servidor público no se limita a lo físico, sino que incluye manifestaciones verbales o simbólicas cuando buscan intimidar o desacreditar la labor judicial.En el campo disciplinario, el jurista explicó que la conducta del Ministro podría contravenir los deberes de respeto, mesura y lealtad institucional. “En el plano disciplinario, un ministro del Interior que ataca públicamente a una magistrada quebranta los deberes de respeto, mesura y lealtad institucional previstos en la Ley 734 de 2002. Esa conducta podría calificarse como falta gravísima, sancionable con destitución e inhabilidad”, indicó.En este punto queda la casa allanada de Benedetti. Foto:OSCAR BERROCAL/KRONOSY también señaló que los ataques verbales de un miembro del gabinete gubernamental a una magistrada pueden afectar la independencia judicial y alterar el equilibrio entre los poderes públicos: “Cuando un alto funcionario del Ejecutivo insulta a una jueza, erosiona la confianza en la justicia, deslegitima las instituciones y envía un mensaje de presión política”. Por esa razón, Quintana planteó que tanto la Fiscalía General como la Procuraduría deberían abrir investigaciones que garanticen la protección de la independencia judicial y los derechos de la funcionaria afectada.Por su parte, el penalista Eduardo Eraso concluyó que Benedetti sí “podría verse incurso en un presunto delito de injuria o calumnia. Cabe señalar que estos dos comportamientos punibles son querellables y conciliables”. Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia:
