Apelando a la excepción de inconstitucionalidad —la misma figura que usó el Gobierno para saltarse el ‘no’ del Senado y decretar la polémica consulta popular hoy bajo el escrutinio de las altas cortes, que podrían sentar un precedente sobre la usurpación de poderes—, más de 15 gobernadores se rebelaron contra la emergencia económica y los impuestos decretados, en especial el IVA del 19 % a los licores y al tabaco. La ‘rebelión’ se produjo un día después de que la Corte Constitucional avocara conocimiento del estado de excepción, que para varios juristas constituye un acto arbitrario del Gobierno al no responder a hechos sobrevinientes, y de que el magistrado ponente, Carlos Camargo Assis, oficiara pruebas sin proponer -hasta ahora- una medida cautelar que suspendiera sus efectos. Decreto Petro emergencia económica Foto:PresidenciaPor su parte, el decreto derivado 1474 del 29 de
diciembre de 2025 le correspondió por reparto al magistrado Juan Carlos Cortés, quien, hasta el momento, no ha proferido el auto admisorio. En este escenario de inestabilidad jurídica, los gobernadores, liderados por el mandatario antiqueño Andrés Julián Rendón, protestaron contra el artículo 15 del decreto 1474, que limita el recaudo departamental al establecer que todo ingreso de los impuestos al licor que supere el crecimiento del IPC entre 2025 y 2026 debe ser transferido a la Nación. No obstante la polémica por el ‘mico’ del decreto y por la presunta ilegalidad de la emergencia económica que, según distintos juristas, tendría altas probabilidades de caerse en el control constitucional, la desobediencia de los mandatarios para proteger los ingresos del monopolio rentístico en sus departamentos abrió un debate jurídico, pues hasta que la Corte no se pronuncie de fondo o decrete una medida cautelar que congele sus efectos, la directriz presidencial goza de presunción de constitucionalidad y debería acatarse.Tras el anuncio de los gobernadores, el ministro del Interior, Armando Benedetti, calificó como un “mal ejemplo” este incumplimiento e incluso advirtió que podrían enfrentarse a acciones penales, como un eventual prevaricato. Por su parte, el ministro de Justicia, Andrés Idárraga, ya anunció que denunciará a los mandatarios que inapliquen el impuesto.Sin embargo, para juristas como Hernando Herrera, el Gobierno “carece de legitimidad para cuestionar el uso de la excepción de inconstitucionalidad por parte de otros funcionarios, en la medida en que ha recurrido a la misma figura en actuaciones recientes”. En su planteamiento, advirtió que el debate no puede centrarse únicamente en quién invoca la herramienta, sino en la solidez constitucional de los fundamentos que se emplean para hacerlo.Presidente Gustavo Petro y ministros Benedetti y Ávila. Foto:PresidenciaPor su parte, para Fabio Humar, los gobernadores no estarían expuestos a falta alguna por omitir la aplicación del artículo objetado. “No veo que tengan riesgos. Están actuando bajo la convicción de que, en ese caso, opera la excepción de inconstitucionalidad, una figura que permite inaplicar una norma que se considere contraria a la Constitución. Independiente de si tienen o no razón, esa convicción los ampara frente a la posibilidad de endilgarles responsabilidad alguna”, subrayó.  Este planteamiento lo comparte el abogado Jesús Albeiro Yepes, quien sostuvo que “el principio que guía todas estas actuaciones es la presunción de legalidad, y el decreto está llamado a ser obedecido, pero también existe el principio de la excepción de inconstitucionalidad. Esto significa que cuando existe una disposición contraria a la Constitución, hay una razón jurídica para oponerse a su cumplimiento”. La pelota está ahora en la Corte que deberá decidir si, como lo solicitaron Asocapitales, Fedepartamentos y una decena de ciudadanos, suspenden la emergencia económica y los decretos derivados mientras se decide de fondo sobre su constitucionalidad.¿Qué está pasando en Irán? Foto:Sara Valentina Quevedo Delgado, Jesús Blanquicet y Carlos LópezRedacción Justicia

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